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Libreta de apuntes (8) | El camino del Incaa

Libreta de apuntes (8) | El camino del Incaa

En un medio como el del cine argentino, en el que las polémicas y discusiones se ocultan, se callan o se llevan adelante en privado, ayer sucedió un hecho excepcional. Al anunciarse la convocatoria para presentar películas al Festival internacional de cine de Mar del Plata, muchos nos sorprendimos con una novedad desagradable: una frase del reglamento del festival exigía la declaración de interés del INCAA para que una película participe en la Competencia Argentina de Largometrajes. Como se sabe, muchas de las películas más notables de las últimas ediciones del festival (incluso premiadas en esa misma sección) están hechas por fuera del INCAA. En muchos casos, se trata de una decisión de los realizadores, que optan por resignar el acceso a los subsidios a cambio de no tener que cumplir los requisitos formales, burocráticos, legales y sindicales que eso implica. Pero también puede suceder que una película no tenga el dictamen “de interés” del INCAA por haber sido rechazado el proyecto por un comité. Me consta, por ejemplo, que una película argentina, todavía inédita, que considero excepcional, fue rechazada por uno de esos comités este mismo año. 

La inclusión de esa restricción en las bases desató la rápida y enérgica reacción de directores, productores y críticos. A muchos nos pareció que no solo implicaba una discriminación hacia el cine argentino más independiente, sino un daño enorme hacia el propio festival y sus programadores. Por suerte, rápidamente, el propio presidente del Festival de Mar del Plata, Fernando Juan Lima, aclaró en twitter que todas las películas argentinas podían presentarse. Según su explicación, “La confusión (seguramente por una redacción perfectible) surge de la referencia a las películas declaradas de interés (más eso hace a una buena nueva: la consideración del paso por el Festival como estreno) mas no al impedimento para participar de otras películas.” La realidad es que el texto del reglamento es claro. El artículo 10, referido a la Competencia Argentina de Largometrajes, comienza con estas palabras: “Participan películas declaradas de interés por el INCAA en los términos de la normativa nacional vigente.” No tengo motivos para dudar de que se trató de un error de redacción, pero admitamos que se trató de un error grosero. En ese sentido, suenan bien las palabras de otro tweet del propio Juan Lima: “En modo alguno pienso que es una exageración o error por parte de quienes hicieron saber sus críticas. Tienen razón en cuanto al criterio que debe tener el Festival. La reacción ante el pifie u oscuridad es comprensible, pertinente y se agradece.” Al momento de escribir esta nota, el texto del reglamento aun no ha sido corregido. Confiamos en que eso sucederá pronto. De no ser así, más allá de la aclaración, las suspicacias seguirán presentes. 

Lo que podemos tomar como positivo de todo este lío es que el escándalo visibilizó una particularidad del cine argentino. Creo que no se ha señalado lo suficiente el hecho de que cada año aparezcan tantas películas valiosas realizadas por fuera del sistema de fomento del INCAA. Lo resalto como una particularidad porque estamos hablando de un esquema de fomento oficial que promueve con subsidios la realización de muchísimas películas. Es decir: es un sistema que, aunque es limitado en los montos que otorga en relación a los costos de cada película, es generoso en cuanto a la cantidad de beneficiados. Hace años (y desde hace varias gestiones o, tal vez, desde siempre) que vengo pensando que el sistema de fomento del INCAA busca beneficiar a casi todos los que buscan su ayuda, pero termina dejando a todos insatisfechos. Los productores del cine más caro e industrial consideran que el costo medio establecido por el INCAA (valor de referencia para los subsidios) es muy bajo para los montos que ellos manejan. Los productores medianos o chicos, al no tener un respaldo económico propio, ven licuados los subsidios por los intereses que deben pagar para acceder a financiación para sostener los rodajes, al retrasarse los pagos del INCAA. Los directores y guionistas suelen resignar sus salarios, (o parte importante de ellos), aun trabajando en un esquema supuestamente industrial. Y, por último, están los pocos que son rechazados por los comités, que ven que se hacen un montón de películas con ayuda del INCAA, menos las de ellos. 

Pero incluso en este contexto, son muchísimas las películas que se hacen y se estrenan. Y la rueda sigue funcionando, aunque sea en el barro de las trabas burocráticas, los cambios de gestión, las operaciones mediáticas que traban el funcionamiento del INCAA y un cuerpo de reglamentaciones complejo y contradictorio. Lo que es llamativo es que ese sistema de fomento, que es bastante inclusivo en cuanto a la cantidad de proyectos, no haya logrado crear las condiciones para que esas películas que se hacen por fuera del INCAA puedan acceder a los beneficios de la ley de cine. Se podrá argumentar que son los propios cineastas los que prefieren, en muchos casos, no ir por el camino del INCAA. Aun si así fuera, es curioso que así sea. Sobre todo por lo que señalé al principio de esta nota: muchas de esas películas son de lo mejor que se hace en el cine argentino. Y son varias las que son mejores que muchas otras que sí reciben subsidios. 

¿Son buenas precisamente porque no tienen que someterse a los requisitos del INCAA? ¿O podemos suponer que, si recibieran subsidios, muchas de ellas podrían ser incluso mejores? En ambos casos, se trata de la evidencia de un sistema de fomento que ha fallado al no saber cómo incluirlas. Y esa falla implica una injusticia, porque no ha permitido que un cine valioso pueda hacerse en mejores condiciones laborales.

 

Permitida su reproducción total o parcial, citando la fuente.

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